TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL MAGISTRADO SUSTANCIADOR Dr. FLAVIO EDUARDO CÓRDOBA FUERTES Santiago de Cali, cuatro (4) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) 1°.- Es admisible en el efecto DEVOLUTIVO el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de los demandados ANTONIO JOSÉ y MANUEL BERNARDO REYES SOLARTE contra la sentencia proferida por el Juzgado Décimo Civil del Circuito, en el proceso EJECUTIVO adelantado por el BANCO BOGOTÁ S.A. frente a IVÁN ENRIQUE BARRETO MÁRQUEZ Y OTROS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022: “Ejecutoriado el auto que admite el recurso o el que niega la solicitud de pruebas, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días.
Vencido el término de traslado se proferirá sentencia escrita que se notificará por estado. Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto ”.
NOTIFIQUESE Firmado electrónicamente FLAVIO EDUARDO CÓRDOBA FUERTES Magistrado Rad. 76001 31 03 010-2023-00049-02 (10988) Firmado Por: Flavio Eduardo Cordoba Fuertes Magistrado Sala 003 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 76ea4503f687e7b33e93f1bf0e7d983f15cdc4e01b75b54e31017f9e92bd8d22 Documento generado en 04/12/2025 09:13:48 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica