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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 044-2023-00049-01 MAG. JORGE EDUARDO FERREIRA VARGAS - AUTO INADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., trece (13) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). Ref: DECLARATIVO de IMPUGNACIÓN ACTAS DE ASAMBLEA promovido por el PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO DESARROLLO ALTAMIRA contra TORRELADERA APARTAMENTOS BOSQUE RESERVADO P.H. - 044-2023-00049-01. Sería del caso resolver el recurso de apelación que formuló la apoderada del demandante contra el auto proferido el 4 de junio de 20241, pronunciado en el Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá, si no es porque se avizora que dicha sede judicial no tuvo en cuenta el término que fija el ordinal 3° del precepto 322 del Estatuto Procesal para ampliar la sustentación de la alzada, ni corrió el traslado de la apelación en los términos previstos en el artículo 326 ejusdem.

Nótese que con el proveído dictado en la audiencia de calenda 6 de agosto del año en curso, se concedió el recurso vertical y se ordenó la remisión del expediente, “conforme los parámetros del art. 326 del CGP”, sin embargo, el envío del mismo se practicó pretermitiendo esas dos etapas procesales que consagra el Rituario Procesal al momento de surtirse la alzada de autos.

En consecuencia, se declara INADMISIBLE el recurso concedido y se ordena la DEVOLUCIÓN de las presentes diligencias al despacho de origen para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE JORGE EDUARDO FERREIRA VARGAS MAGISTRADO 1 Archivo digital 44 expediente principal