TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL REF: DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN MARITAL DE HECHO, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL DTE: ALEJANDRA HERNÁNDEZ CÁRDENAS. RAD: 68-679-3184-001-2024-00016-01 San Gil, abril dieciséis (16) dos mil veintiséis (2026). Se torna necesario en este momento procesal prorrogar en la forma que lo permite el artículo 121 del C.G.P., el término para desatar la instancia, como quiera que está próximo a vencerse el primer semestre otorgado para los fines pertinentes.
Por ende, a partir del veinte (20) de abril del presente año, se dispondrá a extender el plazo hasta por seis meses. Ha de observarse a este respecto que no había sido posible proveer la actuación con anterioridad, en virtud a la complejidad del asunto y la necesidad de evacuar las acciones constitucionales que ostentan tramite preferente, así como también los demás procesos que debían APELACIÓN SENTENCIA FR- 2024-00016-01 evacuarse con anterioridad al presente y las diversas actuaciones administrativas de la Corporación, por ende, se:
RESUELVE
Primero: Prorrogar hasta por seis (06) meses más, contado a partir del veinte (20) de abril del presente año, el término para resolver la segunda instancia dentro del asunto de la referencia. Notifíquese y Cúmplase El Magistrado, Javier González Serrano Firmado Por: Javier Gonzalez Serrano Magistrado Sala Civil Familia Laboral APELACIÓN SENTENCIA FR- 2024-00016-01 Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5aa425451b0acf63241b7f61b87b89b91188c774afec8e1436b2e069e70c0132 Documento generado en 16/04/2026 09:52:58 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica