REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., nueve (09) de julio de dos mil veinticinco (2025). Expediente No. 11001-31-03-024-2023-00468-01 Demandante: GRUPO 4S COLOMBIA S.A.S. Demandado: PIJAOS DESARROLLOS CORPORATIVOS S.A.S. El memorialista estese a lo resuelto en auto del 27 de junio de 2025.
Al efecto, debe verse que la apelación contra la sentencia del 27 de mayo de 2025, proferida por el Juzgado Veinticuatro Civil del Circuito de Bogotá, fue admitida por este Tribunal desde el 12 de junio de 2025 y, en ese orden, el inconforme tenía hasta el 26 del mismo mes y año para sustentar en debida forma su argumentación. Sin embargo, el escrito que reposa en el legajo fue presentado el primero de julio de 2025 a las 04:14 pm., de donde aflora, como se dijo en el proveído de deserción, la extemporaneidad del mismo.
La Secretaría DÉ CUMPLIMIENTO a la orden encaminada a la devolución del expediente al Despacho de origen. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b83e1db308921a1139e4cd187f7aa45484a070d27d4d07d1039bb9f603a9a52e Documento generado en 09/07/2025 11:36:03 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica