Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, veintinueve (29) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Procedimiento: Radicado: Demandante: Demandado: Providencia Decisión: Verbal/Responsabilidad Civil Contractual 05001 31 03 004 2023 00209 01 Alemol SAS y otros María Cecilia Gómez Urrea Auto Admite recurso y corre traslado Se admite, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada frente a la sentencia del 26 de septiembre de 2024, proferida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Medellín, en el asunto de la referencia. Conforme con lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, la apelante deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto.
De la sustentación presentada se correrá traslado sucesivo a la contraparte, por el término de cinco (5) días.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e2e904bebd3a7fc6a731dc10bc124c9eb89c216cfb83a1af9dd92184a9e0f2bd Documento generado en 29/10/2024 11:25:00 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica