Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 034-2008-00011-02 DRA VELASQUEZ AUTO DECLARA IMPEDIMENTO

Sala: SALA CIVIL

Verbal Demandantes: SOFÍA GONZÁLEZ DE ESCOBAR y otros. Demandados: LUÍS ALFREDO GARCÍA LEGUIZAMÓN y otros. Rad. 11001310303420080001102 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Bogotá D.C., tres de octubre de dos mil veinticinco Como estando las diligencias pendientes de resolver sobre el recurso de apelación formulado por la parte demandante contra la sentencia proferida el 29 de mayo de 2025, por el Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Civil del Circuito- Adjunto, la suscrita advierte que concurre la causal para separarse del conocimiento del asunto que refiere el numeral 2°, artículo 141 del Código General del Proceso, según la cual es motivo de recusación “Haber conocido del proceso o realizado cualquier actuación en instancia anterior, el juez, su cónyuge, compañero permanente o algunos de sus parientes indicados en el numeral precedente”, me declaro impedida para conocer de la alzada, por el conocimiento que del proceso tuvo mi cónyuge por espacio superior a los 5 años.

Se ordena que por secretaría se remita el expediente al Magistrado que siga en turno, para lo pertinente. Notifíquese, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 841a4848731de6d8f1d9f87b095f3e621e4fdd88db32089e7e26e7c168c85ff9 Documento generado en 03/10/2025 11:29:44 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica

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