Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, cinco (5) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicado: Demandante: Demandado: Decisión: Magistrada: Verbal - Restitución bien inmueble dado en leasing 05001310302120230010901 Banco Itaú Corpbanca S.A. María Isabel Álvarez Hernández Admite recurso, ordena trámite Piedad Cecilia Vélez Gaviria Realizado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, se ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 5 de junio de 2024, por el Juzgado Veintiuno Civil del Circuito de Medellín. Salvo que se soliciten pruebas oportunamente (arts. 12 Ley 2213 de 2022 y 327 del CGP), deberán los apelantes sustentar su recurso, a más tardar, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto, remitiendo su memorial a través de medios tecnológicos y con constancia de haber enviado un ejemplar del mismo a todos los demás sujetos procesales (art. 3° Ley 2213 de 2022).
En tal caso, el traslado de la sustentación se entenderá realizado a los dos (2) días hábiles siguientes al del envío del mensaje, y a partir del siguiente correrá el término de cinco (5) días para que se pronuncien al respecto (parágrafo art. 9° ley ibídem). Los memoriales deberán ser enviados a todos los siguientes correos electrónicos: Secretaría de la Sala Civil: secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Despacho de la Suscrita: des11sctsmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PIEDAD CECILIA VÉLEZ GAVIRIA MAGISTRADA Firmado Por: Piedad Cecilia Velez Gaviria Magistrada Sala 002 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a2f060de010ea10e8b79222e3a073defe7f2a747ef5d262b4996b192f46304d4 Documento generado en 05/08/2024 02:21:53 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Radicado nro. 05001310302120230010901