Radicado: 73001-31-05-006-2024-00336-01 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Consulta de Sentencia Auto ordinario Esperanza Barragán Muñoz Compañía de Seguros Bolívar S.A., Centro Aseo Mantenimiento Profesional S.A.S y otros 73001-31-05-006-2024-00336-01 Juzgado Sexto Laboral del Circuito de IbaguéTolima Admisión consulta y corre traslado para alegar Admite consulta y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, Diecinueve (19) de enero del dos mil veintiséis (2026) De conformidad con el artículo 69 del CPT y de la SS, es procedente admitir el Grado Jurisdiccional de Consulta respecto de la sentencia de primera instancia proferida el veinticuatro (24) de noviembre del dos mil veinticinco (2025) por el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Ibagué Tolima y en favor de la parte demandante Esperanza Barragán Muñoz, al no ser apelada y ser la misma totalmente adversa a sus intereses.
Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes para presentar alegatos de conclusión. Se concede el término de 5 días a la parte demandante para presentar sus alegatos, y a continuación, para los mismos términos, se le otorgan 5 días a la parte demandada. Los escritos de alegaciones deben remitirse al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, ssltribsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co; el mensaje de remisión deberá indicar como asunto “Alegatos de conclusión”, señalando además el radicado del proceso, nombre de la demandada y Magistrado Ponente.
Los alegatos deberán remitirse en archivo PDF de tamaño mínimo para compartir en Línea. Radicado: 73001-31-05-006-2024-00336-01 Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el grado jurisdiccional de consulta respecto de la sentencia de primera instancia y en favor de la parte demandante, al ser totalmente adversa la decisión a sus intereses.
SEGUNDO: CORRER traslado a las partes para presentar sus alegatos de conclusión. El término para las alegaciones se computará así: 5 días para la parte demandante y posteriormente 5 días para la parte demandada. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Radicado: 73001-31-05-006-2024-00336-01 Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c618a4225ad164f616f7f1bfa480d3e74e36cf3868a72753900c44794f6d91cf Documento generado en 19/01/2026 11:26:32 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica