REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA UNITARIA LABORAL ORDINARIO LABORAL No. 523563105001-2022-00161-01 (374) RUTH DEL CARMEN ROSERO SANTACRUZ vs ISERVI E.S.P. APELACIÓN DE SENTENCIA San Juan de Pasto, veinticinco (25) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Teniendo en cuenta que las apoderadas judiciales de la parte demandante y de la parte demandada interponen y sustentan en término recurso de apelación contra la sentencia proferida el 22 de julio de 2024, por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ipiales, se dispondrá su admisión. Ejecutoriada la providencia se correrá traslados a las partes en los términos establecidos en el numeral 1º del artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, respectivamente, de acuerdo a la inconformidad que sustentaron las partes en lo que les resulto desfavorable.
Se advierte a las partes que el traslado correrá simultaneo en tanto ambos extremos procesales tienen la calidad de apelantes; además, que deben cumplir con lo establecido en los artículos 3º de la norma en cita y 78 del C.G del P., en el sentido de remitir simultáneamente a los demás sujetos procesales vía electrónica, un ejemplar del escrito de alegatos que presenten ante esta Sala, debiendo allegar la respectiva constancia de envío. Por lo expuesto, la Sala Unitaria Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto y sustentado por las apoderadas judiciales de la parte demandante y de la parte demandada, contra la providencia proferida en el presente asunto por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ipiales, fechada 22 de julio de 2024.
SEGUNDO: Ejecutoriada esta decisión CORRASE TRASLADO por el término de cinco (5) días simultáneos a ambos apelantes, para que presenten alegatos escritos. TERCERO REQUERIR a las partes para que remitan a los demás sujetos procesales un ejemplar del escrito de alegatos y alleguen a la secretaria de esta Corporación constancia de envío.
CUARTO: escrita. Surtidos los traslados, se fijará fecha para proferir decisión de forma
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PAOLA ANDREA ARCILA SALDARRIAGA Magistrada Ponente Sin necesidad de firma - artículo 2° inciso 2 Ley 2213 de 2022 RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO SALA LABORAL HOY 26 DE NOVIEMBRE DE 2024 NOTIFICO LA ANTERIROR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRONICOS LISSETE ANDREA MANTILLA PEREZ SECRETARIA