REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA DE DECISION LABORAL FIJA No. 1 MAGISTRADO PONENTE: Dr. FRANCISCO ALBERTO GONZÁLEZ MEDINA Cartagena de Indias, siete (07) de abril de dos mil veintiséis (2026). Tipo de Proceso Radicado Demandante Demandado Origen Asunto Ordinario laboral 13001310500820220005301 FANNY STELLA PUELLO CABALLERO ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Cartagena Auto concede recurso de casación contra sentencia del día 04/12/25 ASUNTO: Procede la Sala Primera de Decisión Fija Laboral del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, integrada por los Magistrados: Luis Javier Ávila Caballero, Issa Rafael Ulloque Toscano y Francisco Alberto González Medina, quien preside como ponente; a decidir si concede o no el RECURSO DE CASACIÓN que interpuso el apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia proferida por esta Sala el 04 de diciembre de 2025, notificada a través de edicto fijado por la secretaría de esta Corporación el día 05 de ese mismo mes.
Introducida en tiempo la reclamación se pasa a examinar su viabilidad, según las siguientes:
CONSIDERANDO: Según el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social reformado por el artículo 43 de la Ley 712 de 2001, el recurso extraordinario de casación procede contra las sentencias de segunda instancia cuando el interés a recurrir exceda 120 salarios mínimos legales mensuales. Igualmente, cabe mencionar que, para la concesión del recurso de casación, se exigen los siguientes requisitos: 1.- Que se interponga en juicio de naturaleza ordinaria. 2.- Que sea contra una sentencia definitiva o inhibitoria. 3.- Que sea instaurado dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación (Art. 88 del CPT, modificado DL.526764, artículo 62). 4.- Que la parte que lo interponga tenga interés jurídico y económico, siendo este último superior a ciento veinte (120) salarios mínimos (Art. 86 CPT – modificado.
L. 712/01, Clase proceso: Ordinario laboral Radicado: 13001310500820220005301 RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA LABORAL art. 43). Lo que equivale para el año 2025, encontrándose fijado el salario mínimo mensual en $ 1.423.500, a la suma de $170.820.000. En el caso en estudio se advierte que los tres primeros requisitos se cumplen, ya que el proceso es de naturaleza ordinaria, el recurso se interpuso contra la sentencia de segunda instancia, dentro de los quince días siguientes al de la última notificación. Igualmente considera la Sala que existe interés jurídico para recurrir, puesto que el recurso fue interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, a quien en el sub examine le fue ordenado reconocer y pagar a la demandante pensión de sobreviviente desde el día 10 de mayo de 2021.
Respecto del interés jurídico económico para recurrir, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, mediante auto AL2726-2023, expresó: “Que está determinado por el agravio que el interesado sufre con la sentencia que recurre. En el caso del demandado, tal valor está delimitado por las condenas que económicamente lo perjudican y, en el del demandante, por las pretensiones que le han sido negadas en las instancias o, que le fueron revocadas”.
Por lo anterior, el interés económico para recurrir para la parte pasiva corresponde a las condenas impuestas, calculadas así: RETROACTIVO EN DIFERENCIA MESADA PENSIONAL FANNY STELLA PUELLO CABALLERO PERÍODO MESADA PENSIONAL DESDE HASTA 10/05/2021 31/12/2021 $ 908.526,00 1/01/2022 31/12/2022 $ 1.000.000,00 1/01/2023 31/12/2023 $ 1.160.000,00 1/01/2024 31/12/2024 $ 1.300.000,00 1/01/2025 31/12/2025 $ 1.423.500,00 1/01/2026 28/02/2026 $ 1.750.950,00 IPC ANUAL (%) 1,61% 5,62% 13,12% 9,28% 5,20% 5,10% TOTAL FECHA DE NACIMIENTO 19/12/1961 EDAD ACTUAL 64,00 INCIDENCIA FUTURA VR.
DIFERENCIA EXPECT. DE VIDA MESADA 23,50 $, VALOR TOTAL RECURSO DE CASACIÓN 1.750.950 MESADAS TOTAL RETROACTIVO PENSIONAL 8,3 $ 7.540.765,80 13,0 $ 13.000.000,00 13,0 $ 15.080.000,00 13,0 $ 16.900.000,00 13,0 $ 18.505.500,00 2,0 $ 3.501.900,00 62,3 $ 74.528.165,80 MESADAS TOTALES 305,50 VR. TOTAL DE MESADAS FUTURAS $ 534.915.225 FANNY STELLA PUELLO CABALLERO $ 609.443.391 Conforme a lo anterior, teniendo en cuenta que el interés jurídico y económico para la interposición del recurso en estudio fue determinado con el valor de las condenas impuestas a la encartada, y que se tiene que la estimación de estas asciende a $ 609.443,391 monto que supera los 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el 20251, se concederá el recurso de casación interpuesto.
En mérito de lo expuesto, LA SALA PRIMERA FIJA DE DECISIÓN LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA,
RESUELVE
1 Fecha de la emisión de la sentencia de segunda instancia. RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA LABORAL Clase proceso: Ordinario laboral Radicado: 13001310500820220005301 PRIMERO: CONCEDER el recurso extraordinario de Casación interpuesto por el apoderado judicial de la demandada, ADMINISTRADORA COLOMBIAN DE PENSIONES COLPENSIONES, en contra la sentencia de fecha cuatro (04) de diciembre de dos mil veinticinco (2025), proferida por esta Corporación. SEGUNDA: Ejecutoriada la presente providencia, REMÍTASE el expediente a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, para lo pertinente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO ALBERTO GONZÁLEZ MEDINA Magistrado Ponente LUIS JAVIER ÁVILA CABALLERO Magistrado ISSA RAFAEL ULLOQUE TOSCANO Magistrado Firmado Por: Francisco Alberto Gonzalez Medina Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 004 Civil Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Luis Javier Avila Caballero Magistrado Sala 005 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA LABORAL Clase proceso: Ordinario laboral Radicado: 13001310500820220005301 Issa Rafael Ulloque Toscano Magistrada Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 24659b23cbc3faf6cae6b2bfc09eb0fffaf4b05793cb354007595a3e99e35d07 Documento generado en 07/04/2026 04:01:17 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica