TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ - SALA CIVIL Bogotá D.C., tres (3) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Radicación 110013199001202162135 04 Teniendo en cuenta que los señores apoderados de los extremos apelantes sustentaron los recursos verticales formulados contra la sentencia de primera instancia; además, descorrieron el traslado respectivo en tiempo, se incorporan a los autos los diferentes escritos para los fines pertinentes.
Como quiera que lo anterior permite resolver las alzadas interpuestas, incluso la proveniente de la sociedad demandante, por sustracción de materia, el despacho se abstiene de resolver sobre la solicitud atañedera a la adición del auto elevada por dicha parte. Una vez cobre ejecutoria esta providencia, regrese al Despacho para lo que corresponda.
NOTITÍQUESE, Firmado Por: Clara Ines Marquez Bulla Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 45c814d16bd0c5288db0ba5d6033f10016b49e30173a17f993f98ec18540572b Documento generado en 03/07/2024 08:07:27 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica