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auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 0334-2026 AutoAdmiteApelacionAuto EDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Se Advierte

REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, cuatro (04) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral BEATRIZ ARDILA CARVAJAL. COOPERATIVA MEDICA DEL VALLE Y PROFESIONALES DE COLOMBIA COOMEVA. 68001-31-05-007-2024-00168-01 2026-0334 Auto Niega Prueba Auto Admisorio DE ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada COOPERATIVA MEDICA DEL VALLE Y DE PROFESIONALES DE COLOMBIA COOMEVA, contra el auto que niega prueba, proferido el veintidós (22) de abril de 2026 por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bucaramanga.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022. Si el expediente corresponde al Gestor Documental Sistema Integrado de Gestión Procesal SIUGJ, los alegatos deberán ser cargados en la misma plataforma.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 832f7c5ca93af7b8c828107b5110b4eb59fe4646726cb4a4c743e867d3a8ce8c Documento generado en 04/06/2026 02:59:05 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica