TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA CIVIL FAMILIA AVISO La Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Pasto, NOTIFICA que dentro de la acción de tutela Nº 2024-00146 formulada por ANA MILENA DORADO MARTINEZ, Magistrado (a) Ponente AIDA MÓNICA ROSERO GARCÍA, se profirió auto el 16 de octubre de 2024, el cual, DISPONE: “PRIMERO. - ADMITIR la presente acción de tutela presentada por la señora Ana Milena Dorado Martínez en contra del Juzgado Quinto Civil del Circuito Transitorio de Pasto, por la presunta violación de los derechos fundamentales arriba citados.
SEGUNDO. -
NOTIFÍQUESE el presente auto de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 y 5º del Decreto 306 de 1992. Con este objetivo, adicionalmente, se publicará aviso en el micrositio web de esta Corporación comunicando esta decisión.TERCERO. - Con el fin de establecer si efectivamente se han vulnerado los derechos invocados por la parte accionante, se ordena la práctica de las siguientes probanzas: a.- Tener como prueba documental, en el presente asunto, las copias anexadas a la solicitud de amparo. b.- Oficiar al Juzgado accionado, notificándoles el contenido del presente auto, con el fin de que en el término perentorio de dos (2) días ejercite su derecho de defensa, rinda sus descargos y presente las pruebas que estimen pertinentes.
Para tal efecto se hará entrega de una copia del escrito de tutela y sus anexos. c.- Requerir al Juzgado Tercero Civil Municipal de Pasto y al Juzgado Quinto Civil del Circuito Transitorio de Pasto para que remitan copia, en medio electrónico, o suministren el enlace correspondiente del proceso No. 2020-00041 Se absolverán las citas y pruebas que resulten de las practicadas.
CUARTO. - VINCÚLESE al trámite al Juzgado Tercero Civil Municipal de Pasto y la señora Angela María David Benavides y a todas aquellas personas y acreedores que obren como partes e intervinientes debidamente reconocidos dentro del citado proceso. Se les informará que, si a bien tienen, pueden intervenir en el presente trámite en el término improrrogable de dos (2) días, pronunciándose sobre todos y cada uno de los hechos que se expresan en la acción. Así mismo solicitarán las pruebas que se consideren pertinentes y enviarán los soportes de cada una de sus respuestas.
En caso que estén representados por intermedio de profesional del derecho deberán allegar el respectivo poder que lo habilite para actuar en la presente acción de tutela, de conformidad con la orden proferida con antelación, en otros asuntos, por la Honorable Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
QUINTO. – Ante la imposibilidad de enterar a las partes o terceros interesados del inicio de esta acción constitucional que puedan verse afectadas con sus resultas, súrtase este trámite por aviso que deberá fijarse a través de la publicación de este proveído en la página web de la Rama Judicial. “ Para NOTIFICAR este auto se publica el presente AVISO en la página web de la Rama Judicial: https://www.ramajudicial.gov.co/portal/inicio Toda intervención o requerimiento con respecto a esta tutela, favor comunicarlo al correo electrónico: tsalcivf@cendoj.ramajudicial.gov.co Pasto, 21 de octubre 2024.
NESTOR GABRIEL CABRERA QUENGUAN Secretario