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auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310302120230028102 AutoAdmiteRecursoDeApelación

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, dos (2) de septiembre de dos mil veinticinco (2.025). Radicado: Proceso: Demandante: Demandado: 05001 31 03 021 2023 00281 02 Declarativo. TAPARGEN S.A.S. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS. OSCAR DARÍO AGUDELO ARANGO. Surtido el examen preliminar, se ADMITE el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDANTE, contra la sentencia proferida el ocho (8) de julio hogaño (2025), por el JUZGADO VEINTIUNO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN. En los términos del inciso final del artículo 325 del C. G. del P., se ajusta el efecto en que se surtirá la alzada, el cual corresponde al SUSPENSIVO, punto que se comunicará al a quo.

Con esta corrección, continuará el trámite del recurso. En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso negara solicitud de pruebas, la parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada. Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado a la parte DEMANDADA por el término de cinco (5) días, para que se pronuncie sobre la apelación. Cumplido lo anterior realícese proyecto de sentencia escrita para ser sometida al estudio de la Sala de Decisión. Notifíquese.

JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c15a2baff08b21374785aa5cbf899d0cc38578f2226644b3d918ee1f48112a68 Documento generado en 02/09/2025 01:09:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica