08-001-31-05-016-2024-00081-01 <R.77.584> REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA UNO DE DECISIÓN LABORAL ASUNTO: APELACIÓN Y CONSULTA DE SENTENCIA TIPO DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: JAVIER GÓMEZ ANDRADE DEMANDADA: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES –COLPENSIONES C.U.I: 08-001-31-05-016-2024-00081-01 <R.77.584> MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA MARIA FANDIÑO DE MUÑIZ Barranquilla, treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veinticinco (2025).
Anexo a los alegatos de conclusión1, se aportó poder en donde el Doctor José David Morales Villa, apoderado general de la Administradora Colombiana de Pensiones –Colpensiones, sustituye poder a la Doctora Juliana Urbiña Bustamante, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.104.428.195, y T.P. 306165 del Consejo Superior de la Judicatura.
Lo anterior se ciñe a lo contemplado en el artículo 5 de la Ley 2213 de 13 de junio de 20222. Luego de verificar su calidad de abogado en el Registro Nacional de Abogados (SIRNA), se reconocerá personería a la Doctora Juliana Urbiña Bustamante, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.104.428.195, y T.P. 306165 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada judicial sustituta de Colpensiones, en los términos y para los efectos del poder conferido.
En mérito de lo expuesto, la Sala Uno de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla,
RESUELVE
1 Segunda Instancia – C02ApelacionSentencia – 04AlegatosPoder. ARTÍCULO 5°. PODERES. Los poderes especiales para cualquier actuación judicial se podrán conferir mediante mensaje de datos, sin firma manuscrita o digital, con la sola antefirma, se presumirán auténticos y no requerirán de ninguna presentación personal o reconocimiento. En el poder se indicará expresamente la dirección de correo electrónico del apoderado que deberá coincidir con la inscrita en el Registro Nacional de Abogados.
Los poderes otorgados por personas inscritas en el registro mercantil, deberán ser remitidos desde la dirección de correo electrónico inscrita para recibir notificaciones judiciales. 2 08-001-31-05-016-2024-00081-01 <R.77.584> PRIMERO: Reconocer personería a la Doctora Juliana Urbiña Bustamante, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.104.428.195, y T.P. 306165 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada judicial de la Administradora Colombiana de Pensiones –Colpensiones, en los términos y para los efectos del poder conferido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Claudia Maria Fandiño De Muñiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 3 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7e41c71621ec3d761e8fc23ec0f36f8d0334455f736dd826b56c18f675bbfdb7 Documento generado en 31/03/2025 01:25:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica