Micelio

auto — Tribunal Superior de Cúcuta

Radicado: PT 22011 AutoAdmiteSegundaInstancia

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER SALA DECISIÓN LABORAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA Cúcuta, veinte (20) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). PROCESO: RADICADO ÚNICO: RADICADO INTERNO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: ORDINARIO EN APELACIÓN 540013105002 2024-00366 02 22.011 RUFFO ALBERTO DÍAZ QUINTERO ADMINISTRADORA COLOMBIANA PENSIONES – COLPENSIONES DE MAGISTRADA PONENTE: DRA. NIDIAM BÉLEN QUINTERO GELVES Se admite el Grado Jurisdiccional de Consulta dentro del proceso de la referencia en favor de la demandada ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, contra la providencia de fecha veinte (20) de octubre de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Cúcuta, dentro del proceso de la referencia, por causa y ocasión de lo dispuesto en el artículo 69 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por la Ley 1149 de 2007, artículo 14.

Así mismo, se admiten el recurso de apelación interpuesto por la demandada ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, respecto de la misma sentencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE NIDIAM BELEN QUINTERO GELVES Magistrada Ponente Certifico: Que el auto anterior fue notificado Por ESTADO N.° 121, fijado hoy en la Secretaría de este Tribunal Superior, a las 8 a.m. Cúcuta, 21 de noviembre de 2025 _________________________ Secretario