Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310302619982066513_DrZamudioAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., once (11) de marzo de dos mil veintiséis (2026). Proceso No. Clase: Incidentante: Incidentado: 110013103026199820665 13 INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE PERJUICIOS1 JOSÉ HERNÁN DUQUE AGUIRRE y otra. SILVIO GÓMEZ CLAROS y otros. Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación que la parte incidentante impetró contra la providencia que el 27 de octubre de 2025, profirió el Juzgado 46 Civil del Circuito de esta ciudad, mediante la cual desestimó la condena por los perjuicios ocasionados al promover el proceso ejecutivo principal.

En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la parte apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente. So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ.

SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El Magistrado, 1 Dentro del proceso ejecutivo seguido inicialmente por Concasa S.A. en contra del Edificio El Retorno Ltda y los acá incidentantes en el cual los incidentados se hicieron parte como cesionarios del crédito. Auto admite apelación dentro del proceso No. 110013103026199820665 13 Clase: Ejecutivo ------------------------ MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (Firma digital) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7db44fa41bd9a2ce6d9d33e0bca96630eab32184f66b7d8e680d47aa2f7e30bd Documento generado en 11/03/2026 09:27:45 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 4