Radicado No.: 73268-31-05-001-2021-00128-01 Asunto: Proceso ordinario laboral - apelación sentencia Demandante: José Reinaldo Alfonso Reyes Demandado: Fondo Ganadero del Tolima y otra. REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: Demandada: Asunto: 73268-31-05-001-2021-00128-01 José Reinaldo Alfonso Reyes Fondo Ganadero del Tolima y Zaida Milena Arias Ordinario apelación sentencia Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué – Tolima, veinticuatro (24) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Por ser procedente y haberse sustentado, se admite el recurso de apelación interpuesto por los apoderados de la parte demandante y de la parte demandada contra la sentencia proferida el 7 de mayo de 2024 por el Juzgado Laboral del Circuito de El Espinal.
Se corre traslado para alegar por escrito por el término de cinco (5) días para la parte apelante, vencidos los cuales, empieza a correr el término de traslado por cinco (5) días para el no recurrente. Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e2868b8bd3781b1470eb903060e66692d5685a56cffc6f8246fd3ae06ba754ef Documento generado en 27/05/2024 10:26:42 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica