CONSTANCIA SECRETARIAL: H.M. DR(A): LUIS JAVIER ÁVILA CABALLERO REFERENCIA: PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: WILLIAN BONILLA DIAZ DEMANDADO: ELECTRICARIBE S.A E.S.P RADICADO: 13001310500120160053401 En la fecha se pasa el expediente del proceso ordinario en referencia, el cual regresó de la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral – donde se encontraba surtiendo recurso de CASACIÓN. Provea.
Cartagena de Indias, 16 de agosto de 2024 ROSELYS MERCADO PÉREZ Secretaria Sala Laboral TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL, SALA DE DECISION LABORAL. Cartagena de Indias, 20 de agosto de 2024.
PRIMERO: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, en providencia SL20302024 calendada 8 de julio de 2024, en la cual decidió NO CASAR la sentencia proferida el 22 de octubre de 2020 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.
SEGUNDO: Una vez ejecutoriada esta providencia, devuélvase el expediente al Juzgado de origen, previa anotación en los libros, sistemas y en las estadísticas correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS JAVIER ÁVILA CABALLERO Magistrado(a) ponente Firmado Por: Luis Javier Avila Caballero Magistrado Sala 005 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 16831985dc922e2ffaab05ac5a4cf8e5639c9a9bea2a57b1abc3e8e1c0b0b530 Documento generado en 20/08/2024 09:31:41 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica