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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 13. 41001-31-05-003-2019-00647-01 AutoReconocePersoneria Dr Ana Ligia

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Auto de sustanciación No.186 Radicación: 41001-31-05-003-2019-00647-01 Neiva, dieciséis (16) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Ref. Proceso Ordinario Laboral promovido por ELIANA MARCELA COLLAZOS VARGAS en contra de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DEL HUILA– COMFAMILIAR.

Entra a proveer el despacho sobre el memorial suscrito por la doctora CATERINE VIGOYA PERTUZ, en su condición de Apoderada General y Coordinadora Jurídica de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DEL HUILA – COMFAMILIAR, en el que otorga poder al doctor ANDRÉS FELIPE GONZÁLEZ GONZÁLEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.075.298.238 de Neiva, portador de la tarjeta profesional No. 249.049 del C.S.J., para que actúe en nombre de esa parte demandada.

Se determina que se cumple con los requisitos señalados en la Ley, por tanto, se procederá a reconocer personería jurídica para actuar dentro del presente proceso, conforme a las facultades otorgadas. En consecuencia, se DISPONE:

PRIMERO. – RECONOCER al doctor ANDRÉS FELIPE GONZÁLEZ GONZÁLEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.075.298.238 de Neiva, portador de la tarjeta profesional No. 249.049 del C.S.J., como apoderada de la parte demandada CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DEL HUILA – COMFAMILIAR.

NOTIFÍQUESE. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Firmado Por: Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: df9d42e3fc619fbc86d2f736aa1c6eed5f8cb34338db5ea42e8f46163fb71328 Documento generado en 16/03/2026 03:28:59 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica