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auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO ADMITE - RESPONSABILIDAD CIVIL 2023-00086-01

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL PROCESO: Verbal Responsabilidad Civil Contractual EXPEDIENTE: 68755-3113-002-2023-00086-01 DEMANDANTE: Smith Quecho Cala y otros DEMANDADO: Fernando Flórez Meléndez y otros San Gil, veintiséis (26) de enero de dos mil veintiséis (2026) Se ADMITE, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida el 12 de diciembre de 2025 por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de El Socorro, dentro del asunto de la referencia. So pena de declarar desierto el recurso, el apelante deberá sustentar su impugnación ante esta Corporación en el término de 5 días, con independencia de que ya lo hubiere hecho ante el juez de primera instancia o que estime que los reparos concretos que elevó ante dicho funcionario son suficientemente amplios.

La sustentación deberá limitarse a desarrollar aquellos reparos (Arts. 322, C.G.P. y 12, Ley 2213 de 2022) y se tendrá que remitir al correo seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co con copia a la contraparte. El traslado del escrito de sustentación se correrá a la contraparte conforme al parágrafo del artículo 9 de la aludida ley o, solo en su defecto, por Secretaría, por el término de 5 días, vencido el cual ingresará el expediente al Despacho.

Notifíquese, SANTIAGO ROSERO DÍAZ DEL CASTILLO Magistrado Firmado Por: Santiago Rosero Diaz Del Castillo Magistrado Sala Civil Familia Laboral 1 Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e85f679776bf0f5f57d0753a7d0c3e31e42bce09700cdd66f3d9f02c31009b28 Documento generado en 26/01/2026 04:44:36 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2