Apelación de Sentencia – Verbal Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Vs. Luis Fernando Montaño Martínez Rad. 76001 3103 004 2016 00334 01 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI DECISIÓN UNITARIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Santiago de Cali, once de septiembre de dos mil veinticinco. Procédese a resolver sobre la admisión del recurso de apelación propuesto por la parte demandante en pertenencia (demanda de reconvención), en contra de la sentencia proferida el 8 de abril de 2025 por el Juzgado 4º Civil del Circuito, en el proceso verbal de la referencia, promovido por el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, en contra de LUIS FERNANDO MONTAÑO MARTINEZ, por lo que el suscrito Magistrado, RESUELVE:
PRIMERO. Admítese en el efecto DEVOLUTIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en pertenencia (demanda de reconvención), de conformidad con los Art. 323 y 327 del C.G.P.
SEGUNDO. En consecuencia, obsérvese, por las partes y por Secretaría, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Vencidos los términos anteriores, ingrese para proferir la respectiva sentencia. Las partes deberán remitir los escritos de sustentación y réplica, o cualquier otra solicitud, al correo institucional de la Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación: sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co TERCERO. Prorrogar el término para dictar sentencia de segunda instancia, por seis (6) meses más, contados a partir del fenecimiento del lapso que la norma en cita concede inicialmente.
NOTIFÍQUESE. (Firmado Electrónicamente) JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Magistrado Apelación de Sentencia – Verbal Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Vs. Luis Fernando Montaño Martínez Rad. 76001 3103 004 2016 00334 01 Firmado Por: Jose David Corredor Espitia Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 25f830c3e3f53f114c80fecee52bf843d47d972f69c4ce862688e3790fbe76c3 Documento generado en 11/09/2025 10:34:57 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica