Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2023-00133-01

Sala: SALA LABORAL

Radicación No: 73001-31-05-004-2023-00133-01 República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial Ibagué Sala de Decisión Laboral Ibagué, 11 de febrero de 2026 Clase de proceso: Parte demandante: Parte demandada: Ordinario Laboral Heriberto Estela Jetduya Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, AFP Porvenir S.A. Radicación: M. Sustanciador 73001-31-05-004-2023-00133-01 Jair Enrique Murillo Minotta Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia AL8218-2025 del 13 de agosto de 2025, declaró bien denegado el recurso extraordinario de casación interpuesto por la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. contra la sentencia de segunda instancia, se dispone obedecer y cumplir lo allí resuelto.

(fl.012 expediente electrónico de la Corte). De otro lado, se dispone la devolución del expediente al Juzgado de origen, debido a que no se impusieron costas en esta instancia1. (fl.09 expediente electrónico de segunda instancia). CÚMPLASE, JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado Firmado Por: Jair Enrique Murillo Minotta 1 Sentencia, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué - Sala Segunda de Decisión Laboral, 26 de septiembre de 2024, Radicación: (2024-065)73001-31-05-004-2023-00133-01: “RESUELVE…TERCERO: Sin condena en costas.” Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: adc03d8332096a951d636c9b8fb43bbf9ff48ae701c0311679f5c4b5a90305ab Documento generado en 11/02/2026 11:12:42 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica