Micelio

auto — Tribunal Superior de Pasto

Radicado: 05AutoAdmisorio

Sala: SALA PENAL

Ponente: Blanca Lidia Arellano Moreno

Magistrada Ponente: Dra. Blanca Lidia Arellano Moreno Tutela Primera Instancia: No. 520012204000-2024-00272-00 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto Sala Penal TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA DE DECISIÓN PENAL Magistrada Ponente: Acción de Tutela: Accionante: Apoderado: Accionados: Blanca Lidia Arellano Moreno 520012204000-2024-00272-00 Jorge Tadeo Acosta Solarte Cesar Enrique Garzón Solarte Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de San Andrés de Tumaco (N) San Juan de Pasto, seis (06) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) A través de acta de reparto de 05 de noviembre de 2024 de la Oficina de Apoyo Judicial de esta ciudad, y radicado ante este Despacho el mismo día, el señor Jorge Tadeo Acosta Solarte, a través de su apoderado, interpone acción de tutela en contra del Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de San Andrés de Tumaco (N) por la presunta vulneración de su derecho fundamental de petición. Así las cosas, al encontrar que la Sala es competente para conocer de la acción, en razón de las entidades demandadas y que se reúnen los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se dispondrá la admisión de la presente tutela.

Finalmente, y considerando lo expuesto, así como la posibilidad de que existan terceras personas con interés en esta acción tutelar, se procederá a comunicar la existencia de la misma a las partes intervinientes en el proceso penal No. 110016000096-2016-00397-01NI21222, adelantado por el Magistrada Ponente: Dra. Blanca Lidia Arellano Moreno Tutela Primera Instancia: No. 520012204000-2024-00272-00 Juzgado accionado.

La Secretaría de esta Sala se encargará de notificar a los intervinientes cuyos datos de contacto sean disponibles. En aquellos casos en los que no se logre obtener información suficiente para efectuar la notificación, se ordena que, a través de la Secretaría de esta Sala Penal, se publique una comunicación en la página web institucional, informando sobre la existencia de esta acción tutelar.

Las personas interesadas podrán hacer llegar sus comunicaciones al correo electrónico secsptsuppasto@cendoj.ramajudicial.gov.co. Por lo tanto, se dispone lo siguiente:

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por el señor Jorge Tadeo Acosta Solarte, a través de su apoderado, en contra de la Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de San Andrés de Tumaco (N).

SEGUNDO: COMUNICAR de la existencia de la acción tutelar, a las partes intervinientes en el proceso penal No. 1100160000962016-00397-01NI21222, adelantado por el Juzgado accionado. La Secretaría de esta Sala se encargará de notificar a los intervinientes cuyos datos de contacto sean disponibles. En aquellos casos en los que no se logre obtener información suficiente para efectuar la notificación, se ORDENA que, a través de la Secretaría de esta Sala Penal, se PUBLIQUE una comunicación en la página web institucional, informando sobre la existencia de esta acción tutelar.

Las personas interesadas 2 Magistrada Ponente: Dra. Blanca Lidia Arellano Moreno Tutela Primera Instancia: No. 520012204000-2024-00272-00 podrán hacer llegar sus comunicaciones al correo electrónico secsptsuppasto@cendoj.ramajudicial.gov.co.

TERCERO

NOTIFÍQUESE sobre la admisión de la demanda de tutela a la parte accionante, accionado y vinculados.

CUARTO: ADVIÉRTASE a la entidad vinculada, que de no presentar de manera oportuna el informe solicitado, se tendrán por ciertos los hechos consignados en el libelo inicial, conforme a lo estipulado en el artículo 20 del Decreto 2591 de 1991.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, 9924 BLANCA LIDIA ARELLANO MORENO Magistrada 3