Rad: 13001310300320220021201 VERBAL DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL de ALEXANDER ORTÍZ SAYAS y otros Vs SJ SEGURURIDAD PRIVADA LTDA y otros REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL – FAMILIA Magistrado Sustanciador OSWALDO HENRY ZÁRATE CORTÉS Cartagena de Indias, diecisiete (17) de junio de dos mil veinticuatro (2024).
RADICACIÓN INSTANCIA 13001310300320220021201 SEGUNDA – APELACIÓN SENTENCIA VERBAL DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROCESO EXTRACONTRACTUAL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE PROCEDENCIA CARTAGENA DEMANDANTE ALEXANDER ORTÍZ SAYAS y OTROS DEMANDADOS SJ SEGURURIDAD PRIVADA LTDA Y OTROS De conformidad con lo dispuesto en el art., 121 del CGP fija los términos dentro de los cuales se deben decidir los procesos, y el inciso 5 prevé que excepcionalmente puede ser prorrogado el de la segunda instancia hasta por seis meses más para decidirla.
Dado lo anterior, en atención a que el término para resolver la alzada se encuentra próximo a vencer por circunstancias no atribuibles al Despacho, así como el conocimiento copioso de las acciones constitucionales que demandan atención prevalente, no es factible que el término inicial de seis meses se cumpla antes de que se pueda proferir fallo respectivo, razón por la que se dispondrá la prórroga dentro del presente proceso.
Por lo brevemente expuesto, el Despacho 04 del Tribunal Superior del distrito Judicial de Cartagena, DISPONE: Prorrogar hasta por seis (6) meses el término para definir la instancia, el que se contará a partir del vencimiento del lapso inicial.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: 1 Oswaldo Henry Zárate Cortés Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b31985abd702e7d859195b70fbbf3c5929ca9d9db6b84c19d9b9981f24d8ce7a Documento generado en 17/06/2024 01:46:24 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica