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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 04. 41001-31-05-002-2018-00329-01 AutoConcedeCasacion Dr Enasheilla

Ponente: Enasheilla Polanía Gómez

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Quinta de Decisión Civil Familia Laboral Magistrada Sustanciadora: Dra. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: Ordinario Laboral Radicación: 41001-31-05-002-2018-00329-01 Demandante: WILSON MANUEL ARRIETA MEJÍA Demandada: PISCÍCOLA BETANIA PEZ S.A.S. Procedencia: Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Neiva Asunto: Auto concede recurso de casación. Neiva, veintiocho (28) de abril de dos mil veinticinco (2025) En término oportuno el apoderado de la parte demandante, interpuso recurso de casación contra la sentencia proferida por este Tribunal el 05 de febrero de 2025, dentro del proceso ordinario laboral instaurado por el recurrente en contra de la entidad PISCÍCOLA BETANIA PEZ S.A.S. Para que resulte procedente el recurso extraordinario de casación, el ordenamiento jurídico exige que: (i) se trate de sentencia proferida en proceso ordinario;

(ii) se interponga dentro del término de 15 días siguientes a la notificación de la sentencia de segunda instancia1; (iii) que exista un interés para recurrir; (iv) que la cuantía del negocio exceda de ciento veinte (120) veces el salario mínimo legal mensual vigente. 1 Artículo 88 C.P. del T. y de la S.S. AL (41001-31-05-002-2018-00329-01) Wilson Manuel Arrieta Mejía En contra de Piscícola Betania Pez S.A.S. De lo expuesto, se evidencia que la providencia recurrida es la sentencia de segunda instancia proferida en proceso ordinario, que el recurso fue interpuesto dentro del término señalado en el ordenamiento jurídico, existiendo además el interés de la parte demandante para recurrir, al denegarse las pretensiones de la demanda en sentencia confirmada de primera instancia, que absolvió de todas las pretensiones condenatorias a la demandada; por otra parte, en cuanto al requisito de la cuantía, cabe resaltar que el Gobierno Nacional fijó en la suma de $1.423.500, el valor del salario mínimo mensual legal para el año 2025, por tanto, para este proceso los ciento veinte (120) salarios mínimos ascienden a la suma de $170.820.000,oo, cuantía mínima exigida por la norma antes citada.

Así mismo, es preciso tener en cuenta que el interés económico para recurrir en casación para la parte demandante, debe ser determinada por el agravio causado con la sentencia de segunda instancia, que dispuso confirmar la providencia objeto de apelación, al denegar las pretensiones de la demanda, procediendo la Sala a liquidar los salarios, las prestaciones sociales y vacaciones dejadas de percibir desde el día siguiente al de la desvinculación, 01 de diciembre de 2017 hasta el mes de febrero de 2025; la indemnización establecida en el artículo 26 de la Ley 361 de 1997, y las indemnizaciones debida actual o consolidada, así como la futura pretendida, data en la cual supera el valor mínimo exigido por la ley para acudir en casación, como se detalla de la siguiente forma: SALARIOS + AUX.TRANSP DEJADOS DE PERCIBIR WILSON MANUEL ARRIETA MEJÍA Radicado: 41001-31-05-002-2018-00329-01 AÑO MESES 2017 2018 2019 1 12 12 SALARIO MENSUAL $ 737.717 $ 781.242 $ 828.116 AUX.

TRANSP. MENSUAL $ 83.140 $ 88.211 $ 97.032 VALOR MENSUAL $ 820.857 $ 869.453 $ 925.148 VALOR ANUAL $ 820.857 $ 10.433.436 $ 11.101.776 2 AL (41001-31-05-002-2018-00329-01) Wilson Manuel Arrieta Mejía En contra de Piscícola Betania Pez S.A.S. 2020 12 $ 877.803 $ 102.854 $ 980.657 2021 12 $ 908.526 $ 106.454 $ 1.014.980 2022 12 $ 1.000.000 $ 117.172 $ 1.117.172 2023 12 $ 1.160.000 $ 140.606 $ 1.300.606 2024 12 $ 1.300.000 $ 162.000 $ 1.462.000 2025 2 $ 1.423.500 $ 200.000 $ 1.623.500 TOTAL SALARIOS + AUX.TRANSP DEJADOS DE PERCIBIR $ 11.767.884 $ 12.179.760 $ 13.406.064 $ 15.607.272 $ 17.544.000 $ 3.247.000 $ 96.108.049 PRESTACIONES SOCIALES Y VACACIONES DEJADAS DE PERCIBIR WILSON MANUEL ARRIETA MEJÍA Radicado: 41001-31-05-002-2018-00329-01 AÑO 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 BASE LIQUIDACIÓN MESES 820.857 1 869.453 12 925.148 12 980.657 12 1.014.980 12 1.117.172 12 1.300.606 12 1.462.000 12 $ 1.623.500 2 TOTALES DÍAS 30 360 360 360 360 360 360 360 60 CESANTÍAS DEJADAS DE PERCIBIR INTERESES CESANTÍAS DEJADAS DE PERCIBIR VACACIONES DEJADAS DE PERCIBIR PRIMA DE SERVICIOS DEJADAS DE PERCIBIR TOTAL 68.405 869.453 925.148 980.657 1.014.980 1.117.172 1.300.606 1.462.000 270.583 $ 8.009.004 684 104.334 111.018 117.679 121.798 134.061 156.073 175.440 5.412 $ 926.499 30.738 390.621 414.058 438.902 454.263 500.000 580.000 650.000 118.625 $ 3.577.207 $ 68.405 $ 869.453 $ 925.148 $ 980.657 $ 1.014.980 $ 1.117.172 $ 1.300.606 $ 1.462.000 $ 270.583 $ 8.009.004 $ 168.232 $ 2.233.861 $ 2.375.372 $ 2.517.895 $ 2.606.021 $ 2.868.405 $ 3.337.285 $ 3.749.440 $ 665.203 $ 20.521.714 INDEMNIZACIÓN ARTÍCULO 26 LEY 361 DE 1997 WILSON MANUEL ARRIETA MEJÍA Radicado: 41001-31-05-002-2018-00329-01 SALARIO MES SALARIO DÍA # DÍAS VALOR INDEMNIZACIÓN $ 737.717 $ 24.591 180 $ 4.426.380 CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN DEBIDA O CONSOLIDADA (VENCIDA) Fecha actual o de tasación de los perjuicios: AÑO MES DÍA 2025 02 28 IPC - Final M Fecha de Nacimiento: 1975 03 11 Sexo: Fecha en que ocurrieron los hechos: 2017 02 07 IPC - Inicial Ingreso Mensual a la fecha de ocurrencia de hechos $ 737.717 Ingreso Mensual Indexado: (IPC Final / IPC Inicial) x Ingreso mensual $ 1.423.500 Más 25% Prestaciones sociales $ 355.875 Total Ingreso Mensual Actualizado $ 1.779.375 (%) Perdida de la capacidad laboral 22,30% Factor de Incapacidad = Ingreso Act.

X Perdida de capacidad Laboral: $ 396.801 Periodo Vencido en meses: 96,73 INDEMNIZACIÓN DEBIDA ACTUAL: $ 48.872.345 147,90 Edad: 95,01 3 41,91 AL (41001-31-05-002-2018-00329-01) Wilson Manuel Arrieta Mejía En contra de Piscícola Betania Pez S.A.S. CÁLCULO DEL PERIODO FUTURO O ANTICIPADO Fecha final expectativa de vida: Fecha actual o de tasación de los perjuicios: Factor de Incapacidad = Ingreso Act.

X Perdida de capacidad Laboral: Periodo Futuro en meses: INDEMNIZACIÓN FUTURA: AÑO 2056 2025 MES 12 02 DÍA 22 28 corre desde la fecha de la sentencia hasta el fin de la vida probable de la víctima, esta expectativa se toma de la tabla de mortalidad vigente (R1555/10 Superfinanciera) $ 396.801 382,07 $ 68.773.473 TOTAL LUCRO CESANTE Indemnización Debida Actual: Indemnización Futura: TOTAL $ 48.872.345 $ 68.773.473 $ 117.645.818 RESUMEN DE LIQUIDACIÓN PRETENSIONES DE LA DEMANDA WILSON MANUEL ARRIETA MEJÍA Radicado: 41001-31-05-002-2018-00329-01 CONCEPTO Salarios + Auxilio de Transporte Dejados De Percibir Prestaciones Sociales Y Vacaciones Dejadas De Percibir Indemnización Art.26 Ley 361 De 1997 Lucro Cesante Consolidado Y Futuro TOTAL PRETENSIONES VALOR $ 96.108.049 $ 20.521.714 $ 4.426.380 $ 117.645.818 $ 238.701.961 CALCULO RECURSO DE CASACIÓN WILSON MANUEL ARRIETA MEJÍA Radicado: 41001-31-05-002-2018-00329-01 INTERÉS ECONOMICO $ 238.701.961 SALARIO MÍNIMO 2025 $ 1.423.500 SALARIOS SEGÚN ART. 86 C.P.L. 120 CANTIDAD SALARIOS 167,69 EXCESO DE SALARIOS 47,69 En ese orden, de acuerdo a las liquidaciones que anteceden, el monto para recurrir en casación asciende a $238.701.961, suma que supera el valor mínimo exigido por la ley para acudir en casación, razón para CONCEDER el recurso interpuesto por la parte demandante.

En consecuencia, la Sala Quinta de Decisión Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, 4 AL (41001-31-05-002-2018-00329-01) Wilson Manuel Arrieta Mejía En contra de Piscícola Betania Pez S.A.S.

RESUELVE

CONCEDER el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandante WILSON MANUEL ARRIETA MEJÍA, contra la sentencia de fecha 05 de febrero de 2025, proferida por esta Corporación. Notifíquese y Cúmplase. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ EDGAR ROBLES RAMÍREZ ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Firmado Por: Enasheilla Polania Gomez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Edgar Robles Ramirez 5 AL (41001-31-05-002-2018-00329-01) Wilson Manuel Arrieta Mejía En contra de Piscícola Betania Pez S.A.S. Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Decision Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8150944a1268800a8218cb89537821117f16b1e142885b52c6f54143aeab39af Documento generado en 28/04/2025 03:10:39 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 6