RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA LABORAL AUTO1 Guadalajara de Buga, diecinueve (19) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Proceso Demandante Demandados Radicación Ordinario laboral – Segunda instancia Medardo Antonio Perea Mejía Municipio de Sevilla y E.P.M. de Sevilla 76-736-31-05-001-2010-00052-01 No habiéndose obtenido respuesta efectiva por parte del Juzgado Laboral del Circuito de Sevilla a pesar de que aquel solicitó el expediente a las Empresas Públicas Municipales de Sevilla, se requiere a las Empresas Públicas Municipales de Sevilla para que remitan el expediente.
Igualmente, se ordena al Municipio de Sevilla como partícipe de la referida empresa que realice todas las gestiones para obtener el proceso, ya que su solicitud solo puede ser resuelta cuando aquel se encuentre a órdenes de este despacho. Se concede el término de siete (07) días contados a partir de la recepción del oficio para cumplir lo ordenado.
Una vez recibido el expediente, se procederá a decidir de fondo la solicitud del demandado. Ofíciese por secretaría a quienes se ha requerido y déjese constancia de la recepción del oficio.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARÍA GIMENA CORENA FONNEGRA Magistrada 1 No. 29 (Sustanciación) Para control estadístico