República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá, D.C., dos de diciembre de dos mil veinticinco. Proceso: Demandante: Demandado: Radicación: Procedencia: Asunto: Verba The H.D. Lee Company, INC Cincor Marroquinería S.A.S. y otros. 110013199001202528084 01 Superintendencia de Industria y Comercio.
Apelación de auto Revisado el plenario se impone retornar el expediente a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio debido a que en la carpeta 008-RECURSO DE REPOSICIÓN YO APELACION1, se agregaron archivos en un formato distinto a los habilitados y enlistados en el numeral 7.1.1. Circular PCSJC20-27 de 2020 Anexo 1 (Protocolo para la gestión de documentos electrónicos, digitalización y conformación del expediente.
Plan de digitalización de expedientes), pues dichos documentales están en soportes, eml, como pasa a ilustrarse: Visualizados en: CuadernoSuperintendencia. 11001319900120252808400. 1 110013199001202528084 01 Principal. Primera instancia. 1 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil La misma situación se presenta con el archivo titulado 25428084-0001300013.eml, ubicado en la carpeta 009-MEMORIAL REICA RECURSO DE REPOSICION2.
Lo anterior impide garantizar la recuperación, lectura e interoperabilidad de los documentos por lo que deberá efectuarse la conversión respectiva a fin de que se incorporen en los formatos autorizados por el Consejo Superior de la Judicatura y así acceder al contenido de los mismos, máximo cuando estos hacen parte integral de los recursos ordinarios incoados en el asunto del epígrafe.
En consecuencia, se dispondrá la devolución de la actuación a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, para que, atendiendo la legislación procesal vigente, la Circular PCSJC20-27 de 2020 Anexo 1 (Protocolo para la gestión de documentos electrónicos, digitalización y conformación del expediente.
Plan de digitalización de expedientes) y el Acuerdo PCSJA2412185 de 2024, proceda a integrar el expediente con las piezas procesales que deben conformarlo, según las observaciones anotadas, atendiendo el orden cronológico de las actuaciones. Lo anterior, sin soslayar ni excusar la obligación que recae en la autoridad judicial de primera instancia de verificar y certificar que el sumario esté correcta y completamente conformado previo a su remisión al superior.
Cúmplase, RUTH ELENA GALVIS VERGARA Magistrada Firmado Por: Ruth Elena Galvis Vergara Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, Obrante en: CuadernoSuperintendencia. 11001319900120252808400. 2 110013199001202528084 01 Principal.
Primera instancia. 2 conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 85beea755ad346a796095e085928ea6c6cb66bff4be97054af903b132c76f2cf Documento generado en 02/12/2025 06:06:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica