Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001 31 03 016 2023 00227 01 AdmiteApelacion

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, tres (3) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Radicado: 05001 31 03 016 2023 00227 01. Proceso: Declarativo. Demandantes: MARIA ESNEDA TABORDA y otros. Demandados: JOHN ALEXANDER LOAIZA BETANCUR y otros. Surtido el examen preliminar, en el efecto concedido (SUSPENSIVO), se ADMITE el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDANTE, contra la SENTENCIA ANTICIPADA calendada el 5 de agosto de 2024, proferida por el JUZGADO DIECISÉIS CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD de Medellín. De otro lado, en atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue la solicitud de pruebas, la parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada.

Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado a la parte DEMANDADA por el término de cinco (5) días, para que se pronuncie sobre la apelación. Notifíquese: JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO