República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL 11001220300020250229900 Bogotá, D.C., diecinueve (19) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) En atención a las manifestaciones presentadas por la profesional del derecho Sandra Eugenia Gómez Maradei encaminadas a contestar la demanda de revisión, en nombre de los señores Jenny Quintana Uribe y Gildardo Antonio Ayala Posso, se advierte que brilla por su ausencia el mandato conferido por los citados.
En efecto, el canon 73 del C.G. del P., dispone: “(…) [l]as personas que hayan de comparecer al proceso deberán hacerlo por conducto de abogado legalmente autorizado, excepto en los casos en que la ley permita su intervención directa”. En virtud de lo anterior, se requiere a la abogada, para que en el término de cinco (5) días, contados a partir de la notificación de la presente decisión allegue el documento referido que cumpla lo previsto en el artículo 74 Ib. o la Ley 2213 de 2022.
Notifíquese y Cúmplase, GAMAL MOHAMMAND OTHMAN ATSHAN RUBIANO Magistrado 00 2025 02299 00 (2) Firmado Por: Gamal Mohammand Othman Atshan Rubiano Magistrado Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7e85feb1fbdebe04c8a5b1ba9c3a4bbc7946580f278b377b6bffe20c26404a9b Documento generado en 19/12/2025 12:13:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica