República de Colombia Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Valledupar Sala Cuarta de Decisión Civil – Familia – Laboral HERNAN MAURICIO OLIVEROS MOTTA Magistrado Ponente REFERENCIA: RADICADO: DEMANDANTE: DEMANDADO: ASUNTO: PROCESO ORDINARIO LABORAL 20001-31-05-002-2021-00316-01 LEDYS MARIA ESPAÑA ÁVILA. MANUEL GUILLERMO CUELLO BAUTE.
ADMITE APELACIÓN Y CORRE TRASLADO PARA ALEGAR Valledupar, veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022 y previo a proferir la decisión que en derecho corresponda, el TRIBUNAL SUPERIOR DE VALLEDUPAR – SALA CIVIL-FAMILIA-LABORAL RESUELVE:
PRIMERO: Agotado el examen preliminar del expediente, en los términos del artículo 82 del CPTSS, modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007, SE ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN propuesto por el demandado Manuel Guillermo Cuello Baute contra la sentencia del 17 de junio de 2024, proferido por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Valledupar.
Una vez ejecutoriada la presente decisión, se ordena:
SEGUNDO: CORRER TRASLADO al apelante parte demandada para que dentro del término de cinco (5) días siguientes a la notificación por estado de este auto, alegue de conclusión por escrito, si a bien lo tiene.
TERCERO: Una vez vencido el término anterior, SE CORRE TRASLADO a la parte no apelante Ledys María España Ávila, para que dentro del término de cinco (5) días, aleguen de conclusión por escrito, si a bien lo tienen.
CUARTO: Vencido el término anterior, regresen las diligencias al Despacho para proceder a dictar sentencia, de cuya notificación las partes deberán estar pendiente.
QUINTO: A efectos de dar cumplimiento a lo ordenado en el presente auto se ordena a los apoderados judiciales remitir si a bien lo tienen en su escrito de alegaciones únicamente al correo electrónico secscftsvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERNAN MAURICIO OLIVEROS MOTTA Magistrado Ordinario laboral N°. 20001-31-05-002-2021-00316-01 2