Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 003-2021-00185-02 DR. JAIME CHAVARRO MAHECHA - AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., veintiuno (21) de junio de dos mil veinticuatro (2024) PROCESO DEMANDANTE DEMANDADA RADICADO INSTANCIA DECISIÓN Impugnación de Actas Dorian Aranzazu Hincapié Edificio Caprice Propiedad Horizontal P.H. 110013103 003 2021 00185 02 Segunda – apelación sentencia Admite recurso De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto la parte demandante en contra la sentencia de 25 de septiembre de 2023, proferida por el Juzgado 3º Civil del Circuito de Bogotá. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberá sustentarse el recurso a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto.

Presentada en oportunidad la sustentación, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e081780027c547233c0a953180d78bfa1b493eab00d9998dd1690720a2f26a25 Documento generado en 21/06/2024 01:46:45 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica