Micelio

auto — Tribunal Superior de Valledupar

Radicado: 2022-00234 Jorge Arroyo VS Empogloria (AUTO DECLARA DESIERTO RECURSO) (1)

Sala: SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR SALA PRIMERA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL EDUARDO JOSÉ CABELLO ARZUAGA Magistrado ponente Valledupar, Cesar, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Demandante: Demandado: Radicación: Asunto: EJECUTIVO LABORAL seguido de ORDINARIO JORGE LUIS ARROYO ESPELETA EMPOGLORIA ESP 20011 31 05 001 2022 00234

01. DECLARA DESIERTO RECURSO AUTO A través de oficio n.° 18201, el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Aguachica, remitió a esta Corporación copia del auto proferido el 12 de noviembre de 20242, mediante el cual se ordenó la terminación del proceso por pago total de la obligación, se levantaron medidas cautelares decretadas al interior del proceso, y se informó sobre el desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra el auto del 26 de septiembre de 20243, medio impugnativo concedido a través de providencia del 17 de octubre del mismo año4.

Así las cosas, y examinado el expediente, se advierte que el despacho de primer nivel, en efecto, decretó la terminación del proceso, con ocasión al cumplimiento de la obligación pecuniaria objeto de controversia mediante acuerdo pactado entre las partes5, lo cual conllevó el desistimiento de las pretensiones de la demanda. Bajo esas circunstancias, esta instancia carece de objeto para pronunciarse sobre el desistimiento del recurso de apelación, ello por cuanto el proceso fue concluido en su integridad en el Juzgado de origen.

En consecuencia, el recurso interpuesto contra el auto del 26 de septiembre de 2024 pierde eficacia, al haberse extinguido la causa que lo 1 Archivo “59OficioDesistimiento.pdf”, carpeta de primera instancia. 2 Archivo “58AutoDecretaTerminacionYotros.pdf”, carpeta de primera instancia. 3 Archivo “43AutoDecretaMedidaConExcepcion.pdf”, carpeta de primera instancia. 4 Archivo “48AutoNiegaRecursoReposiciónYAccedeApelación2022-00234.pdf”, carpeta de primera instancia. 5 Archivo “53SolicitudTerminaciónProceso.pdf”, carpeta de primera instancia. Radicado n.°: 20011 31 05 001 2022 00234 01. motivaba.

Por lo tanto, lo que procede es declarar la deserción del recurso de apelación por falta de objeto, en virtud de la terminación del proceso decretada por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Aguachica. En mérito de lo expuesto, la Sala Primera de decisión Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, RESUELVE Primero: DECLARAR desierto el recurso de apelación interpuesto contra el auto del 26 de septiembre de 2024, por falta de objeto.

Segundo: REMITIR el expediente al Juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Intervinieron los Magistrados, EDUARDO JOSÉ CABELLO ARZUAGA Magistrado ponente ÓSCAR MARINO HOYOS GONZÁLEZ Magistrado JHON RUSBER NOREÑA BETANCOURTH Magistrado