Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 002-2020-00265 AUTO QUE RESUELVE

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN-SALA LABORAL Medellín, cuatro (4) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Mediante escrito presentado de manera virtual, el apoderado de la parte actora presenta solicitud al despacho a efectos de “…darle continuidad al proceso, fijando fecha para la sentencia escrita”.

En lo que a ello atañe, se hace necesario señalar que no es posible acceder a lo peticionado debido a que fue expedida la Ley 2213 de 2022 que, en su artículo 13, modificó el trámite de la segunda instancia en materia laboral y de la seguridad social, disponiéndose que la sentencia que desate los recursos debe proferirse por escrito, sin más miramientos, siendo este el mecanismo que ha implementado la Sala para resolver los procesos a su cargo.

Además, de lo anterior, es de aclarar que esta dependencia judicial es respetuosa de los artículos 18 de la Ley 446 de 1998 y 16 de la Ley 1285 de 2009, que enseñan que los expedientes asignados se resuelven en orden de reparto, no siendo el presente, el que sigue en turno, por lo que no es viable adelantarlo en alteración del mandato aludido Notifíquese por ESTADOS electrónicos.

El Magistrado, Certifico: Que el auto anterior fue notificado por ESTADOS N° 158, fijados en la página web de la Rama Judicial, el 5/09/2024 a las 8:00 am. ____________________________ Secretario.