Tribunal Superior de Distrito Judicial Bogotá, treinta de junio de dos mil veintiséis Expediente 11001-31-03-016-2016-00023-01 Como quiera que el demandado Iván Morón Velásquez, oportunamente interpuso recurso de apelación contra la sentencia de treinta de octubre 15, proferida por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Bogotá, el Despacho con fundamento en lo previsto en el numeral primero del artículo 323 del Código General dispone: Admitir, en el efecto suspensivo el recurso interpuesto.
Ejecutoriado este proveído, de conformidad con lo normado en el inciso segundo del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, la apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco días siguientes. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el mismo término. Si no se sustentan oportunamente, este se declarará desierto. 1 Consecutivo 051
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE AMANDA JANNETH SÁNCHEZ TOCORA Magistrada Firmado Por: Amanda Janneth Sanchez Tocora Magistrada Sala 008 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ac91d1bb4ad091b7bdf88cbef5fdbf0c36a7cc1fed5ad06de24fbc5525585e2a Documento generado en 30/06/2026 11:39:18 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica