Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000 2025 02958 00 DR ZAMUDIO AUTO CUMPLASE ORDENA DEVOLVER

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil veinticinco (2025). Proceso No. Clase: Demandante: Demandados: 110012203000202502958 00 RECUSACIÓN ALIANZA FIDUCIARIA S.A. DIDY ARNOLDO SERRANO GARCÉS Efectuada una revisión de las diligencias remitidas a esta Corporación, se evidencia que en los archivos “PDF 096” y “PDF 097”, obran escritos de recusación formulados por Alianza Fiduciaria S.A. contra la Delegatura con Funciones Jurisdiccionales de la Superintendencia Financiera de Colombia, sin que pueda evidenciarse la constancia de su radicación. Seguidamente, esto es en el archivo “PDF 101”, obra auto emitido por la Delegatura para Funciones Jurisdiccionales de la Superintendencia Financiera de Colombia el 21 de febrero de 2025, con el que se resuelve la recusación formulada por Itaú Fiduciaria Colombia S.A. al interior del proceso con radicado n.° 2023126576232000, y a “PDF 104” obra nuevamente recusación formulada por Alianza Fiduciaria S.A. al parecer radicada el 17 de junio de 2025, como se desprende del archivo “PDF 105”; finalmente, en el “PDF 110” se evidencia auto de 26 de junio de 2026, a través del cual se provee sobre la recusación formulada al interior del proceso con radicado n.° 2024130474046000.

Así las cosas, y como quiera que en las diligencias remitidas a esta Corporación obran dos providencias que resuelven recusaciones correspondientes a distintos procesos, y además, el expediente enviado no se encuentra conformado en debida forma, y adolece de las constancias de Proceso n.° 110012203000202502958 00 Recusación --------------------------------------------------------------------- radicación de los escritos de recusación, por Secretaría devuélvanse las presentes diligencias a la Delegatura para Funciones Jurisdiccionales de la Superintendencia Financiera de Colombia para que se sirva componer la actuación en debida forma, esto es, organizándola en orden cronológico, incluyendo la totalidad de las piezas que componen el expediente, en especial las constancias de radicación de las recusaciones, y excluyendo aquellas actuaciones que no correspondan al plenario.

Una vez se remita la actuación de la referencia, compuesta en debida forma, efectúese su ingreso al Despacho para continuar con el trámite correspondiente. CÚMPLASE El Magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Proceso n.° 110012203000202502958 00 Recusación --------------------------------------------------------------------Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 71ab60fba0c58ceec6bfaefdb5da936d1a7741d68d83fb2c002ece5d0d95d52d Documento generado en 22/10/2025 04:37:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica