LISBETH DEL SOCORRO NIEBLES MEJIA Magistrada ponente 79.542 Radicación n.° 08001-31-05-005-2025-00061-01 Barranquilla, Atlántico, tres (03) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Recibido el expediente del proceso ordinario laboral promovido por el señor MIGUEL ANTONIO LOPEZ ARAUJO contra ELECTRICARIBE S.A. E.S.P., EN LIQUIDACIÓN y FIDUPREVISORA S.A., como vocera y administradora del FONDO NACIONAL DEL PASIVO PENSIONAL Y PRESTACIONAL DE LA ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P. FONECA, mediante la cual se concede el recurso de apelación proferido por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Barranquilla contra la sentencia de fecha 19 de enero de 2026, procede este despacho a su estudio.
CONSIDERANDO
Que el Juzgado Quinto Laboral del Circuito De Barranquilla profirió sentencia el día 19 de enero de 2026, dentro del presente proceso ordinario laboral. Que, dentro del término legal previsto, la parte demandante, MIGUEL ANTONIO LOPEZ ARAUJO, interpuso recurso de apelación contra dicha decisión. Radicación N° 08001-31-05-005-2025-00061-01 Que, una vez verificados los requisitos formales y materiales de competencia, el despacho encuentra procedente admitir el recurso de apelación, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, correrá traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días.
Por lo antes expuesto el Despacho 007 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla,
RESUELVE
Primero: Admitir el recurso de apelación, contra la sentencia de fecha 19 de enero de 2026, proferida por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Barranquilla. Segundo: Correr traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LISBETH NIEBLES MEJIA Magistrada Despacho 007 Sala Tercera de Decisión Laboral Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla 08001-31-05-005-2025-00061-01 Firmado Por: Lisbeth Del Socorro Niebles Mejia Magistrada Sala Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 2 Radicación N° 08001-31-05-005-2025-00061-01 Código de verificación: 787fb0dbc4653f330ddbf395d174192f0794a51821efbe0fb2100736fa3602b4 Documento generado en 03/02/2026 11:13:55 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3