Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 016-2019-00673-01 DRA VELASQUEZ AUTO ADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

Ejecutivo Demandante: BANCO DE OCCIDENTE S.A. Demandado: JCP EFICIENCIA ENRGÉTICA S.A.S. y otro Rad. 11001310301620190067301 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Bogotá D.C., siete de noviembre de dos mil veinticinco En el efecto suspensivo, se admite el recurso de apelación formulado contra la sentencia proferida por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de esta ciudad1.

Por secretaría, contabilícense los términos de que trata el inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Adviértase a las partes lo dispuesto en el parágrafo del precepto 9° de esta misma Ley. Regresen las diligencias al despacho en oportunidad. Notifíquese, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada 1 Archivo 059 SentenciaEjecutivoPrescripción, 001 CuadernoPrincipal, 01PrimeraInstancia. Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e2f07476c11effb5e76a357eef8bdde88aeed654726fe2cbbc29624d77f6d9ab Documento generado en 07/11/2025 02:55:04 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica