Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 09 222 AutoAvocaConocimientoApelacionScia 2022-00109-01

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUGA SALA LABORAL REFERENCIA: TIPO ACTUACION: PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADO: RADICACIÓN: AUTO ADMISORIO APELACIÓN DE SENTENCIA ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA MARÍA SILFIDA ACEVEDO ARREDONDO COLPENSIONES 76-111-31-05-001-2022-00109-01. Guadalajara de Buga, doce (12) de junio de dos mil veinticinco (2025).

AUTO No. 222 Se admite el conocimiento del presente asunto, a fin de impartirle el trámite legal de la segunda instancia, en la forma y términos previstos en el Art. 82 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social. Así mismo, atendiendo lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se corre traslado por cinco (5) días a cada una de las partes - los cuales comienzan a correr a partir del día siguiente de la notificación del presente Auto; iniciando por el recurrente (Demandante) a efectos de que en forma escrita y a través del correo electrónico de la Secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito judicial de Buga (sslabbuga@cendoj.ramajudicial.gov.co), aporten, si es su deseo hacerlo, las alegaciones finales en el proceso de la referencia; vencidos dichos términos, se proferirá sentencia que ponga fin en segunda instancia, también por escrito.

NOTIFÍQUESE CONSUELO PIEDRAHÍTA ALZATE Magistrada Firmado Por: ____________________________________________________________________________________________________________________________ Palacio de Justicia Calle 7 No. 14-32, Oficina 211, telefax: 2375524- 2375525 Notificaciones Judiciales: sslabbuga@cendoj.ramajudicial.gov.co Consulte su proceso en la página www.ramajudicial.gov.co link CONSULTA DE PROCESOS Consuelo Piedrahita Alzate Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bdfe281dad8083276ed64650f79606e064e9ac38d2d6f686d32b2d34338ad0fd Documento generado en 12/06/2025 02:09:31 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica