Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: Auto 760013110010 2024 00548 01 Garcia

Sala: SALA FAMILIA

Ponente: Claudia Consuelo García Reyes

TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI SALA DE FAMILIA MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA CONSUELO GARCÍA REYES Verbal Divorcio Rad. 760013110010-2024-00548-01 AUTO SF MPCG 237 Santiago de Cali, veintiocho (28) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Para los fines eminentemente ligados con el recurso de apelación formulado por la parte demandada contra el auto 1761 de agosto 19 de 2025 proferido por el Juzgado Décimo de Familia de Cali, dentro del proceso de liquidación de sociedad conyugal, resulta imperioso dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 121 y 625 del Código General del Proceso respecto de la prórroga del término para definir la segunda instancia. Lo anterior obedece a más de la complejidad del asunto, a la carga laboral que presenta el despacho, lo que de contera incide en que se agotara el término primigenio para proferir la decisión de segundo grado, siendo necesario acudir para esos fines, al período adicional de 6 meses que contempla el Código General del Proceso.

En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión Unitaria de Familia del Tribunal Superior de Cali,

RESUELVE

PRORROGAR el término para resolver la segunda instancia dentro del proceso de liquidación de la sociedad conyugal, promovido por ANDRÉS FELIPE MORALES PAZOS contra SINDY ANETTE MEZA DIAZ, hasta por seis (6) meses más, contados a partir del 29 de mayo de 2026.

NOTIFÍQUESE CLAUDIA CONSUELO GARCÍA REYES Magistrada Firmado Por: Claudia Consuelo Garcia Reyes Magistrada Sala De Familia Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b1c6b0b11f80c480382128d14b7a64fd8eb73909dcf5ab1dfdd8c65f0344bd28 Documento generado en 28/05/2026 03:33:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica