Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2023-00222-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 73001-31-05-002-2023-00222-01 Asunto: Proceso Ejecutivo laboral - apelación auto Ejecutante: Luis Enrique Chiriboga Hernández Ejecutado: UGPP REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Ejecutante: Ejecutado: Asunto: 73001-31-05-002-2023-00222-01 Luis Enrique Chiriboga Hernández UGPP Apelación auto Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué – Tolima, diecisiete (17) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Encontrándose para decidir de fondo el presente asunto, advierte el despacho que mediante providencia de 8 de julio de 2024, se admitió el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte ejecutada, contra el auto proferido el 25 de julio de 2023, por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué, mediante el cual libró mandamiento de pago y decretó medidas cautelares, siendo publicado en el estado electrónico No. 107 de 10 de julio de 2024, en la página web de la Secretaría de la Sala Laboral de esta Corporación; advirtiendo en este momento que el presente proceso ejecutivo deviene de proceso ordinario laboral tramitado en primera y segunda instancia en el que se profirió sentencia judicial que sirve de título ejecutivo bajo radicado 73001-31-05-002-2021-00086-00.

Revisado el radicado de donde deviene el título ejecutivo que sirve a la presente ejecución, se encuentra que en segunda instancia la decisión judicial fue proferida por la H. Magistrada Mónica Jimena Reyes Martínez. Por ende, el recurso a resolver en la presente ejecución debe ser conocida y resuelta por el Despacho que conoció del proceso ordinario.

En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué - Tolima,

RESUELVE

PRIMERO: DEJA SIN EFECTO el auto de fecha 8 de julio de 2024, mediante el cual se admitió el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte ejecutada contra el auto proferido el 25 de julio de 2023, por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué, mediante el cual libró mandamiento de pago y decretó medidas cautelares.

SEGUNDO: SE ORDENA, devolver por intermedio de la secretaría de esta Corporación el presente expediente digital a la Oficina Judicial Reparto, a fin que sea asignado Radicado No.: 73001-31-05-002-2023-00222-01 Asunto: Proceso Ejecutivo laboral - apelación auto Ejecutante: Luis Enrique Chiriboga Hernández Ejecutado: UGPP al Despacho de la H. Magistrada Mónica Jimena Reyes Martínez, quien conoció del proceso ordinario que antecedió a la presente ejecución. Esta decisión se notifica por estado electrónico, de conformidad con lo establecido en el artículo 9° de la Ley 2213 de junio 13 de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f0192be5b48ffd3b76fef194dba7fd7579a230d3049f0dec42fdeb1e50ef7c74 Documento generado en 17/07/2024 11:41:03 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica