REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONTERÍA SALA PRIMERA DE DECISIÓN CIVIL- FAMILIA - LABORAL Proceso: ACCIÓN DE TUTELA Radicación 23-001-31-21-001-2025-10091-01 FOLIO 366/25 Accionante: ALCIRA JULIO ROQUEME agente oficiosa de MARÍA JOSÉ SANTOS MARÍN Accionado: EJÉRCITO NACIONAL DE COLOMBIA - DIRECCIÓN DE PERSONAL Y DIRECCIÓN DE BIENESTAR Y FAMILIA.
Vinculados: INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF y JAIME LUIS SANTOS JULIO. Montería, catorce (14) de julio del año dos mil veinticinco (2025) Siendo procedente la impugnación contra el fallo de primera instancia emitido el día 03 de julio de 2025, por Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Montería – Córdoba, dentro de la acción de tutela interpuesta por Alcira Julio Roqueme como agente oficiosa de María José Santos Marín contra el Ejército Nacional de Colombia - Dirección de Personal y Dirección de Bienestar y Familia, se
RESUELVE
1. Admitir el recurso incoado y asignar el trámite correspondiente. 2. Tener como pruebas en lo posible las documentales aportadas con la solicitud. 3. Conforme lo ordena el decreto 2591 de 1991, por la vía más expedita, notifíquese de esta providencia a todas las partes en la presente acción constitucional. 4. Anotar la entrada de este asunto en los libros correspondientes y oportunamente vuelva a despacho para decidir.
RADÍQUESE,