Tribunal Superior de Buga Sala Civil Familia Guadalajara de Buga, dieciséis (16) de julio de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Proceso verbal reivindicatorio de bien hereditario propuesto por María de los Ángeles Marulanda y los herederos determinados del causante José de Jesús Mazuera contra Mauricio Mazuera Ríos. Radicación: 76-834-31-84-003-2024-00178-01 Instancia: Apelación de Sentencia Ponente: María Patricia Balanta Medina Cumplida la revisión preliminar al expediente, como bien lo anuncia el artículo 325 del Código General del Proceso, sin que se adviertan causales de nulidad u otro vicio que pueda afectar la validez de la actuación, SE ADMITE en el efecto suspensivo el recurso de apelación formulado -a través de apoderado judicialpor el demandado Mauricio Mazuera Ríos contra la sentencia n° 0117 del 05 de junio de 2025, proferida por la titular del juzgado tercero promiscuo de familia de Tuluá. Conviene advertir, que el apelante tiene la carga de sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria del presente auto, para evitar la consecuencia de su deserción, según lo dispone el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Notifíquese. Firmado Por: Maria Patricia Balanta Medina Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Guadalajara De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bcc6ddc58ffc60dd43c08ab4b2740bef782399842c4e13d733eed7d9b7a5e3c4 Documento generado en 16/07/2025 02:09:34 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica www.ramajudicial.gov.co