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auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: 2023-00198 - ADMISIÓN DE APELACIÓN DE SENTENCIA - BENITO JAVIER VEGA OSORIO

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA LABORAL Proceso: ORDINARIO LABORAL Rad. 47-001-31-05-002-2023-00198-01 Demandante: BENITO JAVIER VEGA OSORIO Demandada: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES, SKANDIA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS, ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A Y COLFONDOS S.A. Santa Marta, veintiuno (21) de abril de 2025.

Visto el informe secretarial que antecede, ADMITESE las apelaciones propuestas por las demandadas contra la sentencia de fecha 8 de noviembre de 2024, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Santa Marta, de conformidad con los artículos 82 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007 y 66 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 10 de la Ley 1149 de 2007.

De igual forma, en cumplimiento a lo establecido en el numeral 1° del artículo 13 de la Ley 2213 del 2022, y al surtirse ante esta instancia la apelación interpuesta por las demandadas, se ordena correr traslado inicialmente a la parte apelante por el término de cinco días. Asimismo, y a partir del día siguiente al vencimiento del término anterior, córrase traslado por el término común de cinco días a los demás sujetos procesales con la finalidad de que presenten sus alegatos.

Se les previene a las partes que, si van a realizar sustitución de poder, la misma debe efectuarse dentro del término de traslado. Notifíquese en la forma dispuesta en el artículo noveno del Decreto en mención.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ISIS EMILIA BALLESTEROS CANTILLO. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 11 del Decreto 491 del 28 de marzo de 2020, la firma de la Magistrada es digitalizada.