TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL-FAMILIA Proceso: Demandante: Apoderado: Demandado: Radicación: UNIÓN MARITAL DE HECHO ELSA MORALES GALINDO RUTH MARISELA LIZARAZO SÁNCHEZ MARIO AUGUSTO GALINDO SUAREZ 150013110003-2024-00028-01 (2025-0114) Tunja, veintitrés (23) de abril de dos mil veinticinco (2025) Visto el informe secretarial que antecede1, y teniendo en cuenta que a través de auto proferido el cuatro (4) de abril de dos mil veinticinco (2025) dentro del proceso de la referencia, el despacho concedió a la parte apelante el término de cinco (5) días para la sustentación del recurso de alzada al tenor de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, y observando que dicha decisión fue notificada a través de publicación en estado electrónico No. 049 del 7 de abril hogaño (pdf.012, cuaderno de esta instancia) sin que el recurrente hubiese sustentado el recurso dentro del término señalado en la norma en cita, el despacho dispone, declarar desierto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del siete (7) de febrero de dos mil veinticinco (2025) proferida por el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Tunja, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 322 del Código General del Proceso y el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
En oportunidad, regresen las diligencias el despacho de origen.
NOTIFIQUESE, JOSE HORACIO TOLOSA AUNTA Magistrado 1 Archivo 014, cuaderno principal Sala Civil Firmado Por: Jose Horacio Tolosa Aunta Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5022a0c8cf1ef24ce3edb7aaee4f517bb5ab4a24695b964c8efc014b79740031 Documento generado en 23/04/2025 09:43:39 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica