Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Meta ACUERDO No. CSJMEA25-69 7 de mayo de 2025 “Por el cual se concede el disfrute de compensatorios y se dictan otras disposiciones” EL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL META En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las establecidas en la Ley 270 de 1996 y,
CONSIDERANDO
QUE: CÉSAR AUGUSTO BRAUSÍN AREVALO, Magistrado del Despacho 001 de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, mediante Oficio de abril 28 de 2025, recibido con radicación EXTCSJME25-670, solicita autorización para disfrutar los compensatorios por la labor prestada en el Turno de Habeas Corpus durante la vacancia judicial de Semana Santa 2025, conforme la programación establecida en el Acuerdo CSJMEA25-29 de 11 de marzo de 2025.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Seccional de la Judicatura del Meta, ACUERDA: ARTÍCULO 1°: Autorizar el disfrute de compensatorio solicitado por CÉSAR AUGUSTO BRAUSÍN AREVALO, Magistrado del Despacho 001 de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, durante las fechas que se relacionan a continuación, teniendo en cuenta que le correspondió atender el turno de disponibilidad de fines de semana y festivo, durante la vacancia judicial de Semana Santa 2025, según la programación establecida en el Acuerdo CSJMEA25-29 de marzo 11 de 2025, así: DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO 1 CABECERAS DE CIRCUITO JUDICIAL JUZGADO EN TURNO TURNO ASIGNADO Villavicencio Despacho 001 de la Sala Civil Familia del Tribunal 12-13-14-15-16-1718-19-20 de abril de 2025 horas adicionales1 del viernes 11 de abril/24 COMPENSATORIO PENDIENTE POR DISFRUTAR 4-5-6-8 de agosto de 2025 5 días Sin solicitar 1 día Consejo de Estado - Consejero ponente: Édgar González López - Radicación número: 11001-03-06-000-2019-00020-00(C) Carrera 29 No. 33B – 79 Palacio de Justicia, Torre B Tel: (8) 6622899 Fax.
(8) 6629503 www.ramajudicial.gov.co E mail: consecmet@cendoj.ramajudicial.gov.co SC5780-4-15 Acuerdo Hoja No. 2 Superior del Distrito Judicial de Villavicencio y del lunes 21 de abril/25 ARTÍCULO 2°: Adicionalmente, una vez reciba la presente comunicación le corresponde, como titular y director del despacho, enviar diligenciado el formato solicitud registro de cierres a la dependencia de Soporte Aplicación Justicia XXI Web en Bogotá soporte_ri_tyba@deaj.ramajudicial.gov.co, para que su despacho no reciba reparto durante los días de compensatorio e informar a las demás dependencias que realizan reparto en esa sede territorial para tal fin y a su vez, se indica que no se deben generar pendientes al momento de su reapertura.
ARTÍCULO 3 °: Comunicaciones: Informar de inmediato y por el medio más expedito, lo dispuesto en el presente Acuerdo al Consejo Superior de la Judicatura, al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio y a la Secretaría de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio.
ARTÍCULO 4: Publicación: El presente Acuerdo deberá ser fijado en lugar visible en la Secretaría de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio e igualmente se deberá dejar constancia escrita de la prestación de los turnos de disponibilidad en las dependencias anteriormente mencionadas. A través de la Secretaría de este Consejo Seccional de la Judicatura del Meta, publicar el presente Acuerdo en la página web de la Rama Judicial y comunicarlo de manera expedita y masiva a la comunidad en general.
ARTÍCULO 5 °: El presente rige a partir de la fecha de su expedición, dado en Villavicencio – Meta, a los siete (07) días de mayo de dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE LORENA GÓMEZ ROA Presidente REDM/CEBC EXTCSJME25-670 Carrera 29 No. 33B – 79 Palacio de Justicia, Torre B Tel: (8) 6622899 Fax. (8) 6629503 www.ramajudicial.gov.co - E mail: consecmet@cendoj.ramajudicial.gov.co