REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SANTA MARTA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL - FAMILIA Magistrada sustanciadora: Dra. MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Santa Marta, cuatro (4) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) APELACIÓN DE SENTENCIA 47.288.31.53.001.2023.00073.01 Por auto del pasado 24 de octubre, se admitió la alzada formulada por el extremo pasivo frente a la sentencia dictada el 9 de octubre de 2025, por el Juzgado Civil del Circuito de Fundación – Magdalena, al interior del proceso verbal de resolución de contrato de compraventa formulado por José Abelardo Marulanda Zapata contra Natividad Ortegón Buitrago, concediéndole al recurrente el término de cinco (5) días, siguientes a la ejecutoria de ese proveído, para que sustentara el recurso.
Ahora bien, conforme con el pase que antecede, el demandante formuló en este asunto apelación adhesiva, lo cual constituye una petición relacionada con el término que empezó a cursar el 31 de octubre del cursante, por lo que, ante la necesidad de emitir un pronunciamiento al respecto se dará aplicación a lo previsto en el inciso cuarto del Art. 118 del C.G.P., que reza “Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, mientras esté corriendo un término, no podrá ingresar el expediente al despacho, salvo que se trate de peticiones relacionadas con el mismo término o que requieran trámite urgente, previa consulta verbal del secretario con el juez, de la cual dejará constancia. En estos casos, el término se suspenderá y se reanudará a partir del día siguiente al de la notificación de la providencia que se profiera”. 1 En ese orden de ideas, SUSPÉNDASE el término concedido al extremo pasivo para la sustentación de la alzada a partir del día de hoy, inclusive. 1 Subrayas dentro del texto original.
Por Secretaría, una vez ejecutoriado este proveído, pase el legajo nuevamente al Despacho para emitir el pronunciamiento que corresponda frente al recurso de adhesión formulado por el demandante.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Magistrada Firmado Por: Marta Isabel Mercado Rodriguez Magistrada Sala Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8fe9860900f4243320f00142f2b12d8e5be2c014d8b978b048ea50261698cbc7 Documento generado en 04/11/2025 05:07:21 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica