1 PABLO JOSÉ ÁLVAREZ CÁEZ Magistrado Ponente FOLIO 522-2024 Radicación No. 23417310300120230021701 Montería, Córdoba, cinco (05) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). De conformidad con lo reglado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 – antes art. 14 del Dcto. 806 de 2020 –, se
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR el(os) recurso(s) de apelación formulado(s) contra la sentencia de primera instancia, el(os) cual(es) debe(n) ser sustentado(s) por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ejecutoria del presente proveído, so pena de declarar su deserción.
SEGUNDO: Vencido el plazo legal referido en el numeral anterior, súrtase traslado a los demás sujetos procesales, para que, si a bien lo tienen, presenten sus alegaciones de conclusión.
TERCERO: La sustentación y/o alegación debe ser remitida al correo electrónico: secscflmon@cendoj.ramajudicial.gov.co y, de conformidad con el inciso 4° del artículo 109 del CGP, se entenderá presentada oportunamente si es recibida antes del cierre de la Secretaría de PJAC 2 la Sala Civil Familia Laboral de este Tribunal, del día en que vence el término, es decir, antes de las cinco de la tarde (5:00 p.m.)1.
CUARTO: Este auto debe ser notificado por estado, en la forma establecida en el artículo 9 del Decreto 806 de 2020, hoy Ley 2213 de 2.022.
QUINTO: En su oportunidad, vuelva el expediente a despacho para proveer.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Pablo Jose Alvarez Caez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Monteria - Cordoba Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 382f3db97d53d0e4796914d8311c5b5dd66dd65e058e618b2395d0c96ad8ffb1 Documento generado en 05/11/2024 01:21:36 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 Acuerdo CSJCOA20-33 del 16 de junio de 2020.
Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba. PJAC