Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301920240007601 AutoAdmiteRecursoDeApelación

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, dieciséis (16) de julio de dos mil veinticinco (2.025). Radicado: Proceso: Demandante: Demandados: 05001 31 03 019 2024 00076 01 Ejecutivo. JORGE MARTÍN MOLINA ESCOBAR. JOHN FREDY RAVE y VALENTINA RAVE VALDÉS. Surtido el examen preliminar y en el efecto concedido (DEVOLUTIVO), se ADMITE el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDADA, contra la sentencia calendada el trece (13) de mayo de dos mil veinticinco (2025), proferida por el JUZGADO DIECINUEVE CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN. En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso negara solicitud de pruebas, la parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada.

Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado a la parte DEMANDANTE, por el término de cinco (5) días. Cumplido lo anterior realícese proyecto de sentencia escrita para ser sometida al estudio de la Sala de Decisión. Notifíquese. JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 25148df644812ae85bbb77b7153af3fdd8f140e2ec0ba148b3d6bfa377690219 Documento generado en 16/07/2025 11:59:59 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica