TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, veinticinco (25) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Radicado: 05001 31 03 005 2023 00168 01. Proceso: Declarativo. Demandantes: JAIME ACEVEDO SILVA y otros. Demandado: GUSTAVO MESA GALEANO. Surtido el examen preliminar, en el efecto concedido (SUSPENSIVO), se ADMITE el recurso de apelación presentado por AMBAS PARTES, contra la sentencia calendada el nueve (9) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), proferida por el JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLIN.
En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso negara solicitud de pruebas, los recurrentes por separado deberán sustentar su respectivo recurso, dentro de los cinco (5) días siguientes a tal ejecutoria. A la parte que no sustente la alzada, se le declarará desierta la misma. De las sustentaciones presentadas se correrá traslado a la correspondiente contraparte y a los demás intervinientes, por el término común de cinco (5) días, para que se pronuncien sobre la correspondiente apelación. En firme lo anterior, vuelvan las diligencias al Despacho.
Notifíquese: JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO